Un lugar común (pseudo?)legal es es el que prohibe alegar la propia torpeza (Nemo potest propriam turpitudinem allegare), aunque se contradiga con el derecho de peticionar a las autoridades (art. 14 CN) (en este caso judiciales o administrativas).
Para resolver el dilema, se podría reinstalar el principio legal: Nemo auditur propriam turpidinem allegans. No hay que escuchar a los que alegan su propia torpeza.
Yo sigo delirando, pero no me den bola.
Para el bronce: La justicia ciega, mientras el juez desoye al litigante enmudecido.
1 comentario:
Hola noy nuevo, pero me gustó el comentario.
Ya imagino al Juez diciendo: "m'hijo no le contesto porque está diciendo boludeces! Vaya a su casa y pienseló, cualquier cosa, en un semana o dos, nos vemos!"
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